viernes, 2 de marzo de 2007

V

V.En el alfabeto español, la vigésima quinta letra y la vigésima de sus consonantes. En los tratamientos, es la abreviatura de usted (como vestigio de vusted, en que sí hay v inicial) y de vuestro o vuestra, en las distintas combinaciones con majestad, excelencia, señoría, eminencia y demás. Por similitud gráfica (abiertas ambas arriba y cerradas abajo), la v y la u se truecan a veces; como en las iniciales romanas V. F. (de usufructus, usufructo); lo es, por eso también, de universo. en los textos romanos, jurídicos sobre todo, aparece la v com sigla de vetus ( veto), de veteranus (veterano), de vindicare (vindicar, reivindicar; vengar), de vir (varón), entre otros vocablos. En lo canónico abrevia las palabras virgen y venerable.

VACACION.Cesación en el trabajo, estudio, negocios u otras actividades durante varios días consecutivos, semanas y aun algunos meses en el año, con fines de descanso, recuperación de energía y solaz. Temporada en que se encuentra suspendida por tal causa una labor o quehacer. producción de una vacante o plaza libre en un empleo o cargo. Vacante o puesto que queda libre en una oficina, establecimiento, empresa o lugar de trabajo.

VACACIONES O VACACION.Temporada, desde algunos días o varios meses, en que cesa en el trabajo habitual, en los negocios, estudios, servicios, procesos y demás actividades, a fin de disponer de tiempo para un descanso reparador, para entregarse a ocupaciones personales necesarias o a las distracciones.

VACANCIA.Vacante,empleo o cargo que se encuentra sin proveer.

VACANTE.Que vaca o cesa temporalmente, por razón de descanso, en el trabajo o actividad habitual. Puesto, cargo, empleo libre y sin proveer por muerte, renuncia, jubilación, despido, cesantía u otra causa relativa a su antiguo titular. Vacación o temporada de descanso. Renta devengada mientras se encuentra sin proveer un beneficio o dignidad eclesiástica. Dícese del pontificado sin actual titular. Carencia de dueño en las cosas. Sucesión a que no está llamado nadie o que ninguno tiene derecho a recibir, o a la cual renuncian todos los derecho habientes.

"VACATIO LEGIS".Loc. lat. Vacación de la ley. Plazo, inmediatamente posterior a su publicación y durante el cual no es obligatoria.

VADE RETRO.Loc. lat y esp. Vete; retrocede; márchate. Es fórmula de exorcismo eclesiástico, de expulsión demoníaca; y que se usa también para rechazar con mayor o menor solemnidad o afectación a una persona ingrata.

"VAE VICTIS".Loc. lat. ¡Ay de los vencidos! Frase de celebridad mundial, y que Tito Livio coloca en labios de breno, jefe de los galos vencedores, al contestar a los vencidos romanos, quejosos de que el triunfador hubiera puesto su espada en la balanza donde se pesaba el oro con que debían pagar a retirada del invasor.

VAGABUNDO.Quien anda errante de una parte a otra. El ocioso y sin oficio, carente de domicilio fijo y que vive cambiando de una a otro lugar (v.Trabajo, Vago.)

VAGANCIA.Situación o estado del que carece de oficio o profesión, siempre que no esté impedido físicamente para el trabajo. Carencia de domicilio fijo. Vida errante. Indolencia; repulsión al trabajo. Flojedad en el estudio , en el desempeño de las tareas. Ociosidad frívola.

VAGO.En los sentidos derivados de vacuus, vacío. Desocupado. Sin oficio y mal entretenido. Refractario al trabajo y al esfuerzo, aun siendo el resultado para sí. Vaco, vacante, libre para una colocación. En Aragón y Navarra, erial, solar.
En vago; sin consistencia. Con riesgo de caerse. Sin lograr el objetivo. En vano. Con engaño en el cálculo o deseo.
Con otra etimología, coincidente con la anterior en algunos significados, de vagus, vago es vagabundo o errante. sin objeto o fin determinado, sino dependiente de la voluntad, elección o uso. Indeterminado, impreciso. Indeciso.

VALE.Promesa escrita, por la cual una persona se obliga a pagar por sí misma una suma determinada de dinero. Apuntación firmada, e incluso sellada, dada a quien ha de entregar una cosa, para que acredite la entrega y cobre el importe; sirve cual especie de anticipado recibo, que se canjea por la cosa solicitada. premio que en los colegios suelen conceder los maestros, por la aplicación o buena conducta, consiste en un papel o cartón, computable para lograr una recompensa más efectivo o para lograr el perdón de alguna falta. Vale real.

VALIDEZ.Cualidad de un acto o contrato, jurídico para surtir los efectos legales propios , según su naturaleza y la voluntad constitutiva. Legalidad de los negocios jurídicos. producción de efectos. Firmeza. Subsistencia. Indole de lo legal en la forma y eficaz en el fondo.

VALIJA DIPLOMATICA.Cartera de grandes dimensiones o pequeña maleta en que se lleva personalmente, por un empleado de la respectiva embajada o del Ministerio de Relaciones Exteriores, y cerrada o precintada cuidadosamente, la correspondencia oficial entre un gobierno y sus agentes diplomáticos en el extranjero, a fin de asegurar la máxima inviolabilidad y secreto, aunque para conservar éste debe en casos de interés usarse siempre la cifra.
La valija diplomática, posee el privilegio de no ser sometida a registro alguno en las aduanas.

VALIMIENTO.Aprovechamiento o utilización de algo. Favor, privanza o aceptación predilecta de una persona pro un príncipe, que acoge sus opiniones como criterio de gobierno o a quien entrega sin más el mando del país. Amparo, protección defensa. Antiguo servicio, exigido por los reyes a sus súbditos, consistente en bienes o rentas, para remediar alguna urgente necesidad al que éstos estaban obligados a prestar.

VALOR.En el grupo de significados materiales; utilidad de las cosas. Aptitud para satisfacer las necesidades o procurar placeres. Cualidad de una cosa que lleva a dar por ella , o a pedir para cederla, una suma de dinero o algo económicamente apreciable. Coste. Precio. Rédito. Fruto. Producto de bienes, cargos o actividades. Equivalente de una moneda, sobre todo en relación con otra o con un común patrón.
En la serie de sentidos metáforicos o abstractos; significación, trascendencia, importancia. De grandes dotes intelectuales o nobleza moral. Mérito. Indole del alma que acomete sin temor arduas empresas y desdeña el riesgo anejo, aun el de la muerte en ocasiones. Arrojo. Fuerza. Eficacia. osadía, atrevimiento.Descaro, desvergüenza.EN CAMBIO.Para Adam Smith, el clásico pontífice económico: "La palabra valor, debe observarse, tiene dos significados diferentes; unas veces expresa la utilidad de algún objeto particular; y otras, el poder de comprar ciertas mercancías quela posesión de dicho objeto confiere. Uno puede ser llamado valor en uso; el otro, valor en cambio". Para Stuart Mill, en Economía política, valor, sin otro aditamento, es lo mismo que valor en cambio.EN SI MISMO.En las letras de cambios y otros títulos mercantiles, fórmula mediante la cual expresa el librador que gira a su propia orden y tiene en su poder el importe del libramiento.EN USO.Cualidad y estimación propia de las cosas necesarias para el consumo o aprovechamiento por el hombre.ENTENDIDO.En las letras de cambio, vales, pagarés, libranzas y otros títulos a la orden, aquel importe o costo que el librador se reserva asentarlo en la cuenta del tomador, cuando median razones o motivos entre ambos para no explicar la causa de la obligación.LOCATIVO.Tasación fiscal de las casas, pisos o habitaciones que utilizan sus propios dueños, los usufructuarios, los titulares de un derecho de habitación o los precaristas, ninguno de los cuales para alquiler; a fin de determinar, para la fijación de impuestos, el que cabría atribuirle.NOMINAL.En los títulos o acciones, ql que corresponde a la emisión, pero no a la cotización actual, ni siquiera al precio con que fueron entregados a los primeros titulares o suscriptores.RECIBIDO.Fórmula que con el agregado "en efectivo", "en géneros", "en mercancías" o "en cuenta", emplea el librador para expresar que así se encuentran reintegrado del importe de la letra de cambio u otro título a la orden.

VALORACION.Estimación o fijación del valor de las cosas. Justiprecio. Aumento del valor experimentado por una cosa.AGRICOLA.Determinación del valor de las tierras, animales, abonos, aperos y máquinas de labranza y de los edificios rústicos. Se valoran de distinta forma las tierras, los árboles, los animales, etc. COMERCIAL.Operación necesaria para establecer el inventario con que un comerciante inicia sus negocios o el balance con que cierra cada ejercicio.

VALORES.Títulos o documentos representativos de la participación en sociedades mercantiles, por cantidades prestadas, mercaderías y otros objetos de las operaciones del fisco, de los bancos, del comercio, de la industria; transacciones generalmente especulativas o productoras de intereses.COTIZABLES.Los que permiten la fijación de un valor en dinero y son susceptibles de negociación en el mercado general, y más concretamente en las bolsas de comercio.FIDUCIARIOS.Los emitidos en representación de dinero, y con promesa de cambio por él; como los billetes e banco sin curso forzoso.PUBLICOS.Títulos de créditos emitidos por el Estado, las provincias o los municipios, con su simple garantía o con alguna de carácter real, que otorgan al legítimo tenedor (suscriptor o adquiriente ulterior) el derecho de obtener, al vencimiento, el reintegro de la suma entregada u otras prestaciones superiores (como la diferencia entre el valor de emisión y el nominal), y además la percepción de los intereses establecidos mientras no se amorticen los valores.

VALUACION.Esta, palabra, las de igual familia evalúo, evaluación y valoración, y las emparentadas de tasación y justiprecio, indican todas la fijación del valor de una cosa, señalando el precio de la misma, cuando haya de ser enajenada, objeto de indemnización, adjudicación, dación en pago o para determinar simplemente su expresión en dinero.

"VALUTA".Neologismo por patrón monetario, por unidad de moneda.

VARA.Rama delgada y sin hojas, usada por ciertas correcciones y castigos. palo largo y delgado. Bastón que, por insignia de autoridad, llevaban los ministros de la justicia.Remataba en una cruz, sobre la cual se prestaba juramento. Bastón también, que usaban los alcaldes y tenientes de alcalde, como signo de autoridad. Jurisdicción el que usa vara en sus funciones públicas, judiciales o gubernativas. Antigua medida, variable como era típico de unos a otros lugares.DE LA JUSTICIA.Bastón que, como insignia de su autoridad, han usado ciertos ministros de los tribunales. La misma justicia y su administración.

VARIANTE.Que varia, cambia o se contradice.Testigo que declara de manera distinta en el curso de un mismo interrogatorio, índice de mentira; o que cambia del sumario al juicio oral, muestra de "aleccionamiento" probable por alguno de los letrados. Diferencia que se aprecia al cotejar el original con la copia, o de una a otra edición de la misma obra.

VARON.El ser humano del sexo masculino. Más especialmente, hombre que ha llegado a la edad viril. Hombre de autoridad o respetado.

VASALLAJE.Vínculo que existía entre el vasallo u el señor; por el cual el primero debía al segundo fidelidad, homenaje, dependencia y aun servidumbre personal, mientras el señor quedaba obligado, si acaso, a respetar la propiedad y la vida del vasallo . Tributo que el vasallo pagaba al señor. Prestación personal debida por los vasallos. Reconocimientos de cualquier dependencia o superioridad .

VASALLO.Individuo sujeto a un señor feudal por vínculo de vasallaje (v.). Pueblo que depende políticamente de otro. Feudatario. Súbdito de un soberano o monarca.Ciudadano con respecto a su gobierno o al Estado sueldo con el rey para servirle con cierto número de lanzas. Sometido a otro, cuya superioridad reconoce.

VECINAL.Relativo al vecindario. Propio de los vecinos. Costeado con recursos de un lugar.

VECINDAD.Calidad o condición de vecino, cercano, limítrofe. Conjunto de las diversas personas que, no siendo de la misma familia y vivienda, habitan en las mismas casas inmediatas o en las cercanas. Vecindario; totalidad de los habitantes de un municipio, de un distrito o de un barrio de una gran ciudad. Inmediaciones, alrededores. Calidad administrativa y política de vecino de un pueblo.

VECINO.Cercano, próximo, inmediato. Similar, análogo, parecido. Habitante de una vivienda independiente dentro de una casa, barrio o población. Quien tiene casa u otros bienes en un lugar, donde constituye al sostenimiento de las cargas locales , aunque no viva en aquél. Domiciliado en una localidad, a los efectos municipales administrativos. Quien ha ganado la vecindad (v.) en un pueblo, por prolongada residencia en el mismo o mediante espontánea petición si concurren algunos de los supuestos legales para abreviar la concesión de la cualidad. País limítrofe. Propietario o poseedor contiguo. Respecto a quien habita una casa, elque vive en distinto piso de la misma, en una de las casas inmediatas por la salida o el interior, o en una cercana, aun sin comunes linderos.

VEDA.Prohibición legal o consuetudinaria de hacer algo: como cazar, pescar o entrar con los ganados en lugares acotados.Lapso que dura la prohibición; especialmente de la caza, a fin de permitir la reproducción de las especies, por lo cual se fija, en cada comarca, o para las distintas especies, según la época de las crías y mientras son éstas de poco tiempo. Difieren las normas legales según que la veda sea de pesca o de caza.

VEDAR.Prohibir, impedir por ley, reglamento, estatuto u orden. Dificultad, estorbar. ant. Suspender o privar de un cargo.

VEEDOR.Antiguamente, perito o experto que apreciaba y determinada, por oficio o comisión de ciudad o villa, las condiciones legales de las obras de un gremio u oficina de bastimentos. En las caballerizas reales de antaño, el segundo jefe; el encargado de las provisiones del ganado y de la conservación de carrozas, coches y sus pertrechos. Jefe militar que, en los ejércitos de otros tiempos, cumplía funciones de inspector. ant. Juez, ministro, visitador que desempeñaba tareas fiscalizadoras. Inspector. (v.Oidor.)

VEJACION O VEJAMEN.La acción o efecto de vejar. Maltrato de hecho. Ofensa verbal. Padecimiento injusto que se impone a otro.

VEJEZ.Edad de ña vida en que suele inciarse la decadencia física de los seres humanos, calculada generalmente alrededor de los 60 años. Cualquiera cosa con mucho tiempo.

VELACION.En el sentido e velar o vigilar, vigilanncia o cuidado. Trabajo nocturno. Cuidado de un enfermo por la noche. Guardia nocturna. Atenta observación o examen.

VENAL. Ofrecido en venta. Susceptible de ser vendido. Inmoral, que se deja sobornar.

VENCIDO.Derrotado. Perdedor. Litigante, cuya causa es rechazada; sea el actor, cuando el demandado es absuelto de la demanda; o el demandante, si prospera la excepción o reconvención de su adversario. Por antonomasia, el que pierde una guerra, sea por causas militares,económicas, deslealtades o de otro orden.

VENCIMIENTO.Acción de vencer, o victoria, para el ganador. Efecto del vencer ajeno, o derrota para el perdedor. la voz se emplea, más que en las luchas bélicas, donde derrota acapara el significado , en materia de obligaciones sujetas a plazo y en los términos judiciales o de otra índole..

VENDEDOR.Ocasionalmente, en el contrato de compraventa civil, el que vende o enajena la cosa que el comprador adquiere en propiedad. Profesionalmente, en la compraventa mercantil, el comerciante o el dependiente u otro auxiliar de él que vende o hace de intermediario ejecutivo ante el cliente o parroquiano. En el comercio, pues, cabe ser vendedor de lo ajeno. En el comercio, pues, cabe ser vendedor de lo ajeno, teniendo poder para ello.

VENDER.Transmitir el propietario o vendedor una cosa de su propiedad al adquiriente o comprador. El acto de celebración del contrato de compraventa. Más estrictamente, la entrega de la cosa por la cual ha de recibirse el precio. Ofrecer cosas en venta pública. Hacer algo contra ley o moral a cambio de una recompensa material. Traicionar. Engañar; abusar de la confianza. Descubrir un secreto, honrado o delictivo, pero que perjudica.

"VENDITIO".Voz. lat. Venta- El contrato de compraventa visto desde el lado vendedor.

VENGANZA.Satisfacción directa del agravio. Esta preparación privada del mal que otro causa, o que por tal se toma, rebaja, cuando existe la posibilidad y la garantía de recurrir a la justicia, a la humanidad, a la condición del salvajismo, en que no hay más juez que la víctima o los suyos. ant. Pena, sanción, castigo.

VENGAR.Satisfacer privadamente un agravio, daño o perjuicio. Desquitarse de derrota. Devolver mal con mal.

VENIA.Perdón de ofensa. Remisión de culpa. (v.Amnistía, Indulto.) Autorización, licencia o permiso para ejecutar algo., si no está prohibido. Facultad concedida a los menores de edad para que puedan administrar sus bienes. reverente saludo inclinando la cabeza. Tomado de esta acepción, en Sudamérica se dice por saludo militar; aunque no existe en él inclinación, ni sea cortesía, sino deber para con los superiores, por imperio de la disciplina y de la jerarquía.JUDICIAL.Permiso o autorización para que ciertos actos se requiere de los jueces, que la conceden o niegan tras considerar su legalidad y conveniencia. Respetuosa autorización que el fiscal y los letrados recaban del tribunal para usar de la palabra, ya sea para interrogar a las partes, a los peritos o testigos, ya para alguna interrupción, o para iniciar sus alegatos o proceder a la rectificación procedente. En los tribunales colegiados suele decirse "Con la venia de la sala".

VENIAL.Sin mucha gravedad. Califica la infracción leve de una ley o precepto.

VENTA.Enajenación de una cosa por precio o signo que lo representa. El contrato de compraventa (v.), considerado desde el lado del vencedor. (v.Compra.). Por antonomasia, ya que la cosa vendida resulta más individualizable que el precio o el dinero (igual dentro de una nación.), la misma compraventa; el contrato por el cual una de las partes, el vendedor se obliga a transferir a la otra, el comprador, la propiedad de una cosa, a cambio de un precio cierto en dinero o cosa equivalente. Como el contrato, es bilateral, principal, consensual y oneroso. Casa situada generalmente en los caminos, para descanso y refrigerio e caminantes y viajeros."AD MENSURAM".La enajenación en que el precio se fija por unidad o medidas, y no por la totalidad de la cosa; como la de una finca a tanto la hectárea, que requiere medida o comprobación dela indicada.FACULTATIVA.La que permite al vendedor, dentro del plazo fijado, sustituir el objeto de la compraventa por otro, señalado en algún modo.JUDICIAL.La que se realiza con intervención de un tribunal de justicia, ya en la ejecución de una sentencia, ya en acto de jurisdicción voluntaria. También aquella en que se recaba la licencia judicial, aunque se realice particularmente; como en determinados casos en los bienes de la casada, de los menores, incapacitados y emancipados.PUBLICA.Almoneda. La enajenación pro precio que se hace en pública subasta por autoridad de justicia y con las formalidades establecidas en las leyes. La hecha en bolsa de comercio, con aceptación libre de licitadores o compradores.

VERDUGO.Renuevo de un árbol. Azote que se hace de cuero u otra materia flexible. persona encargada de ejecutar por sí sola la pena de muerte; ya que la palabra verdugo no se da a los piquetes de ejecución, ni siquiera al oficial o jefe que los manda. Antiguamente, el ministro de la justicia encargado de los castigos corporales, como los azotes, la marca y el tormento en general. Todo el que descuella por cu crueldad. Falto de piedad. Molestia, tormento.

VEREDICTO.Del latín, vere, con verdad y dictus, dicho. Lo dicho con verdad, en el sentido subjetivo, como adecuación entre el pensamiento y su declaración. Veredicto es la declaración solemne que hace el jurado, como tribunal de hecho, acerca de las pruebas de un proceso, con la resultante de culpabilidad o inocencia de las personas; que luego corresponde fundar a los jueces de Derecho. Metafóricamente, dictamen, parecer, juicio. Impropiamente, el fallo de un tribunal en que no interviene el jurado. Sentencia.

VERGUENZA."Turbación del ánimo, que suele encender el colo del rostro, ocasionada por alguna falta cometida, o por alguna acción deshonrosa y humillante, propia o ajena". (Dic. Acad.). Pundonor; estimación propia, Rubor. Timidez. Pudor. Lo que por moral o decencia contraría y repugna hacer. Acción que hace desmerecer. En el antiguo Derecho Criminal, la pena o castigo que se daba exponiendo al reo a la afrenta y a la confusión pública, con alguna insignia de su delito (Escriche). (v.Vergüenza pública.) PUBLICA.Pena infamante muy frecuente en la Edad Media. Solía imponerse junto con la de azotes; para así herir al mismo tiempo el cuerpo y el alma del reo.

VIA.Camino, carretera, calle. (v.Vía pública.) Carril, rail, riel. Vía férrea, ferrocarril, como obra. Conducto. Dirección o camino que toman los correos. Ordenamiento procesal. Juicio: como vía ejecutiva u ordinaria. Jurisdicción, cual vía gubernativa o contenciosa. Medio de hecer efectivo un derecho. Manera de actuar.CONTENCIOSA.Procedimiento judicial ante la jurisdicción ordinaria (v.), a diferencia del seguido ante la admistrativa o gubernativa.DE COMUNICACION.Cualquier camino terrestre, ruta maritima o conveniente línea aérea para facilitar el traslado de las personas y el transporte de las cosas de un punto a otro.EJECUTIVA.Expedito procedimiento judicial de pago, que busca la conversión en dinero de los bienes del deudor reacio, mediante el previo embargo de bienes bastantes (v.Juicio ejecutivo.)GUBERNATIVA.Procedimiento seguido ante la Administración, y que debe preceder a la vía contenciosa. (v. y Jurisdicción administrativa.)JERARQUICA.Por conducto regular, por orden jerárquico, y singularmente hacia arriba; porque, si un general se dirige directamente a un soldado, o un ministro a un oficinista de la Administración Pública, en asuntos del servicio u oficiales, no quebranta ningún precepto; pero lo opuesto puede constar un arresto en la milicia y una medida disciplinaria, aunque no privativa de libertad, en la burocracia oficial.ORDINARIA.La forma procesal más común y de mayores garantías, que sigue la tramitación o curso del juicio declarativo (v.). Se contrapone ala vía ejecutiva y a la sumaria, y a la antigua reserva. (v.;y, además Juicio ordinario, Jurisdicción ordinaria.)PUBLICA.La vía de comunicación destinada a la circulación de las personas, tránsito de animales y vehículos; como calles, plazas, caminos, carreteras y otras análogas.SUMARIA.Procedimiento abreviado, ya por el carácter posesorio de la cuestión en lo civil, ya por la índole grave o flagrante de los hechos en lo penal.Se contrapone a la vía ordinaria; y se diferencia, aunque coincida con ella en la rapidez, pero no en cuanto al carácter del fallo, generalmente provisional al ejecutar, de la vía ejecutiva (v, y además,Juicio sumario y sumarísimo.)

VIABLE.Capaz de poder seguir viviendo el nacido. Probable. Factible. Hecedero.

VIAJANTE.Viajero. Dependiente mercantil que recorre distintas plazas para hacer compras o ventas por cuenta de un comerciante.

VIAS DE DERECHO.Recurso a la justicia,para hacer valer un derecho o exigir un deber. (v.Vías de hecho.)

VIAS DE HECHO.Justicia por la propia mano. Atentado de toda índole contra el derecho ajeno y contra las personas. Violencia injusta.

VICARIO.Suplente, sustituto, reemplazante de otro; quien hace sus veces. En las órdenes religiosas, el segundo, luego del superior, al que sustituye en las ausencias, vacantes, indisposiciones y faltas. Juez eclesiástico, elegido y nombrado por un prelado, para que ejerza la jurisdicción canónica ordinaria cobre los fieles.

"VICARIUS".Voz. lat. Vicario o sustituto. En la forma latina conviene emplear la voz para referirse a una institución sin equivalencia en la actualidad; el esclavo del esclavo. Tal situación, sorprendente por cuanto esa condición parece incompatible con derechos , atribuciones y servidores, fue producto de la evolución romana hacia la libertad de los siervos.

VICIO.Mala conducta con probables o seguros perjuicios para el cuerpo o el espíritu. Defecto físico. Daño material. Mala calidad. Inmoralidad. Deshonra. Falsedad. yerro. Defecto que anula o invalida un acto o contrato; sea de fondo o forma. Gran afición por una cosa. Excesiva tolerancia. Maña costumbre o resabio de un animal.EL CONSENTIMIENTO.En la manifestación o declaración de la voluntad de las partes que se obligan, todo hecho contrario a la libertad y conocimiento con que la declaración debe ser formulada. Para la validez de cualquier acto o contrato, el consentimiento no debe estar viciado, sino seguir espontáneo y libre.OCULTO DE LA COSA.Los defectos no manifestos que tengan la cosa vendida.REDHIBITORIOS.Para el Cód. Civ. arg., son tales "los defectos ocultos de la cosa cuyo dominio, uso o goce se transmitió por título oneroso, existente al tiempo de la adquisición, que la hagan impropia para su destino, si de tal modo disminuyen el uso de ella que, a haberlos conocido el adquiriente, no la habría adquirido, o habría dado menos por ella".

VICIOSO.Causa de vicio. Que lo tienes. Defectuoso. Erróneo. Ineficaz. Nulo. Dado a los vicios. Entregado a los deleites carnales sobre todo. Resabio. Excesivamente mimado, con las probables deformaciones del carácter y reacciones antosociales fuera del círculo de favor.

VICTIMA.Persona o animal destinados a un sacrificio religioso. persona que sufre violencia injusta en su persona o ataque a sus derechos.El sujeto pasivo del delito y de la persecución indebida. Quien sufre un accidente casual, de que resulta su muerte u otro daño en su persona y perjuicio en sus intereses. Quien se expone a un grave riesgo por otro.

VICTIMARIO.En el paganismo, servidor de los sacerdotes gentiles que encendía el fuego de los sacrificios, ataba a la víctima en el ata y la sujetaba para evitar su reacción natural. Era, pues, una especie sin más de verdugo si de personas se trataba, y auxiliar de matarife si de animales era el caso. En América, homicida o autor de lesiones criminales. Quien causa víctimas de cualquiera índole.

VIDA.La manifestación y la actividad del ser. Estado de funcionamiento orgánico de lo seres. Tiempo que transcurre desde el nacimiento asta la muerte. Manera de vivir o costumbres y prácticas de una persona, familia o grupo social. Unidad o unión de cuerpo o alma del hombre. Modo de vivir en cuanto a la profesión, oficio u ocupación. Alimento preciso para la existencia. Persona; ser de la especie humana. Historia de una persona. Estado del alma tras la muerte. Origen del ser o que contribuye a su conservación y desarrollo. Animación, expresión, viveza. Dicho de las mujeres, prostitución; darse a la vida; mujer de mala vida. ant. Lapso de 10 años, en acepciones estrictamente forenses. Por notable paradoja, la misma muerte (v.);ya en expresiones generales, como pasó a mejor vida o la otra vida; ya en locuciones punitivas, como pena de vida, igual que pena de muerte.CIVIL.Facultad de gozar de todas las ventajas concedidas a los ciudadanos por las leyes del Estado; como la de poder enajenar y gravar los bienes propios, adquirir los antes ajenos, proceder en justicia, obligarse en general, comerciar, contraer matrimonio, testar, etc. Equivale a la capacidad jurídica de obrar (v.). Se contrapone especialmente a la antigua muerte civil. (v.).PRIVADA.La desenvuelta en la esfera de las relaciones del Derecho Privado; sean civiles, mercantiles o de otra índole. El conjunto de actividades y relaciones de familia. Comportamiento del individuo en su hogar o con respecto a personas de su trato íntimo. Amores y amoríos de una persona.Y MILAGROS.Proceder y argucias de cada uno en la lucha por la existencia. Antecedentes personales o relato de su vida. Suele referirse a individuos de extraño o desconocido vivir, con matices de bohemia, genialidad, hampa o delincuencia.

VIDUAL.Concerniente a la viudez.

VIGENCIA.Calidad de vigente, obligatoriedad de un precepto legislativo, de la orden de una autoridad competente. Subsistencia de una disposición cualquiera, pese al tiempo transcurrido, a su no aplicación e incluso contra el uso.

VIGENTE.En vigor y observancia. Se refiere a leyes, ordenanzas, reglamentos, costumbres, usos, prácticas y convenciones.

VIGILANCIA.Cuidado, celo y diligencia que se pone o ha de ponerse en las cosas y asuntos de la propia incumbencia. Servicio público destinado a velar por determinadas instituciones , personas y cosas. Pena consistente en someter a una persona, absuelta o que ha cumplido ya su condena, al cuidado de la autoridad, a fin de observar su comportamiento en sociedad y proceder a asegurar su persona en caso de conducta irregular.

VILLANO.En la organización social del feudalismo, el vecino o habitante que pertenecía al estado llano y vivía en una aldea o villa, ejerciendo oficio por su cuenta, a diferencia del noble o del hidalgo, en la jerarquía ascendente (pues éstos eran señores de siervos y dueños de tierras), pero muy por encima del siervo de la gleba, del vasallo y del feudatario, carentes de libertad p adscritos a la tierra que cultivaban.

VINCULACION.Prohibición de enajenar.Sujeción o gravamen de bienes para perpetuarlos en el empleo o familia designados por el fundador. Perpetuación en el ejercicio de una función. Gravamen perpetuo que se impone a una fundación. ant. Aseguramiento con prisiones.

VINCULAR.Prohibir la enajenación de ciertos bienes. Ordenar la sucesión de determinadas cosas a través de varios herederos y generaciones. Sujetar o perpetuar ciertos bienes en un empleo o asignarlos con igual carácter a una persona jurídica de indefinida duración. Fundar o apoyar una cosa o pretensión en otra. Continuar, proseguir el desempeño de una función o el ejercicio de una actividad. En la Argentina, poner en relación con otras personas.

VINCULO.Atadura, lazo, nexo. Para Escriche, la unión y sujeción de los bienes al perpetuo dominio de alguna familia, con prohibición de enajenarlos. También, el gravamen o carga perpetua que se impone en alguna fundación o a favor de una ya existente. Bienes adscritos a una vinculación.MATRIMONIAL.Relación o parentesco existente entre el hombre y la mujer por razón de su casamiento.

"VINDEX".Voz. lat. Defensor o protector. En el primitivo procedimiento romano, el pariente o amigo que, durante la manus injectio (v.), intervenía para que el magistrado dado; o entabla una virtual proceso con el actor acerca de la legitimidad de sus pretensiones.

VINDICACION.Venganza. Defensa. Contestación justificadora que por escrito, formula quien ha sido calumniado o injuriado. Reivindicación.DE OFENSA.Justa venganza de un agravio. Reacción natural contra un ultraje.

VINDICAR.Vengar, reparar discretamente el acto injusto sufrido de otro. Reivindicar; recobrar la posesión o propiedad de lo arrebatado o retenido contra derecho. Defender por escrito al injustamente ultrajado. Castigar, penar. Restablecer el buen nombre o fama.

"VINDICATIO".Voz. lat. Vindicación."ADJECTA CAUSA".Loc. lat. Reivindicación con expresión de causa. Acción reivindicatoria en la que el demandante expresaba de manera concreta la causa por la que reivindicaba, y qué reivindicaba."INCERTAE PARTIS".Loc. lat. Reivindicación de una parte indeterminada. Acción reivindicatoria romana que permitía al actor reclamar la propiedad de parte de una cosa, sin especificar la fracción de que era dueño. En esta acción excepcional, la intentio de la acción real era incierta."TUTELAE".Loc. lat. Reivindicación de la tutela; o reclamación para ejercerla que se concedía en los primeros tiempos romanos a favor de los tutores legítimos.

VINDICATIVO.Vengativo. Rencoroso.Se aplica al escrito o discurso en que se defiende la fama, nombre u honra del injustamente ultrajado, ofendido o deshonrado.

"VINDICIA".Voz lat. La vindicación o serie de palabras solemnes y ademanes que con el tiempo originaron la reivindicación en Roma. (v.Acción reividicatoria.)

VINDICTA.Venganza.PUBLICA.La satisfacción de los delitos por la sola razón de la justicia y para pública ejemplaridad.

VIOLACION.Infracción, quebrantamiento o transgresión de ley o mandato. Incumplimiento de convenio. Tener acceso carnal con mujer privada de sentido, empleando fuerza o grave intimidación o, en todo caso, si es menor de 12 años, en que carece de discernimiento para consentir un acto de tal trascendencia para ella. (v.Violación de la mujer) Profanación de lugar sagrado. (v.Profanación.) Ajamiento desdoro de una cosa. Delito, falta.DE CORRESPONDENCIA. Atentado contra el secreto o respeto que el correo merece, por la confianza de las personas que lo utilizan y para no defraudar, en cuanto a los organizadores del servicio, a quien ha pagado el franqueo para que el traslado y la entrega de la correspondencia se efectúe con total normalidad.DE DOMICILIO.Entrada en domicilio ajeno contra la voluntad del dueño, y sin que concurra alguna necesidad imperiosa y legítima para quien lo hace ni el cumplimiento de un deber como autoridad o con relación al prójimo. En algunos ordenamientos jurídicos, la permanencia en vivienda de otro, aun habiendo entrado con su permiso, cuando se ordena el inmediato abandono del domicilio.DE LA LEY.Infracción del derecho positivo; ya sea norma de índole civil, que permite exigir su cumplimiento forzoso o la reparación consiguiente; ya algún principio cuya transgresión lleve ajena alguna consecuencia punitiva; por constituir delito o falta.DE LA MUJER.Delito contra la honestidad y contra la libertad que se comete yaciendo carnalmente con mujer, contra su voluntad expresa, por emplear fuerza o grave intimidación; contra su voluntad presunta, por encontrarse privada temporal o permanentemente de sentido, por enajenación mental, anestesia, desmayo o sueño; o por faltarle madurez a su voluntad para consentir en acto tan fundamental para su concepto público y privado, para la ulterior formación de su familia y por la prole eventual que pueda tener.DE SECRETOS.Delito que comete el funcionario público que revela o descubre cuestiones reservadas de las que, por razón de su cargo, tenga noticia o hechos de publicidad vedada, o por divulgar documentos que estén bajo su custodia.

VIOLENCIA.Situación o estado contrario a naturaleza, modo o índole. Empleo de la fuerza para arrancar el consentimiento. Ejecución forzosa de algo, con independencia de su legalidad o ilicitud. Coacción , a fin de que se haga lo que uno no quiere, o se abstenga de lo que sin ello se querría o se podría hacer.Presión moral. Opresión. Fuerza. Violación de la mujer (v.), contra su voluntad especialmente. Todo acto contra justicia y razón. Modo compulsivo o brutal para obligar a algo. Interpretación excesiva o por demás amplia de algo.

VIOLENTO.Fuerza de naturaleza, normalidad, situación o modo de ser. Con fuerza. Contra la voluntad. Con daño o destrozo. Iracundo, colérico. Falso, tergiversado; objeto de interpretación audaz o contra algo. Por accidente o mano del hombre; como en la muerte violenta. Sin título o con vicios jurídicos.

VIRREY.Representante o delegado de un rey, en cuyo nombre gobierna lejanas provincias o territorios. La voz, como tantas otras; procede de vice, el que hace las veces de rey, y todavía conserva intacta su raíz en francés (vice-roi), en italiano (vice-re), en portugués (vice-rei), en ingles (vice-roy) y en alemán (vice könig).

VIRTUAL.Con virtud, fuerza o idoneidad para producir un efecto, que actualmente no se produce. Implícito. Tácito.

VISADO.Así, y no el "visa" o cosas más raras que tal galicismo, debe decirse al acto, diligencia y formalidad de visar un pasaporte un cónsul o un representante diplomático. En general, adveración de un documento; legalización del mismo. La voz no fue incluida en el léxico oficial, aunque sí en el tecnicismo administrativo, hasta 1956.

VISAR.Reconocer, examinar un documento. Autorizarlo para determinados fines.Sellar un pasaporte el representante diplomático o consular del país a que se propone ir una persona, para autorizar la entrada, paso o permanencia, con el consiguiente abono de derechos. Poner el visto bueno (v.).

VISITA.Acto de ir a ver a alguien en su casa; o en lugar donde permanece o se encuentra por razón de trabajo u otra causa. Tribunal- como edificio- de los visitadores eclesiásticos. Conjunto de magistrados , jueces o auxiliares que practican la visita de cárceles. Inspección. Registro. Información sobre el lugar. Asistencia domiciliario del médico. Concurrencia frecuente a un lugar. Asistencia domiciliaria del médico. Concurrencia frecuente a un lugar. Reconocimiento sanitario en los puertos. Facultad que se atribuyen los beligerantes para detener e inspeccionar por medio de la escuadra , los buques mercantes de los neutrales; ya en aguas próximas a los teatros de operaciones, ya en puntos estratégicos, a fin de cortar todo comercio con el enemigo, y en especial el denominado contrabando de guerra o para imponer la efectividad del bloqueo.

VISITADOR.El juez ministro o funcionario que tiene que hacer visitas, reconocimiento o registros por razón de su cargo o funciones. Inspector.

VISTA.El sentido corporal que permite apreciar las formas sin tocarlas y los colores. Su falta, al crear incapacidad jurídica general motiva diversas restricciones y exclusiones; también determinadas sanciones para el autor de la desgracia.Visión; percepción ocular. Un ojo, o un caso. Conocimiento preciso. Propósito, finalidad, intención. Empleado de aduanas, encargado del registro de mercaderías importadas o exportadas. En el principal de sus significados jurídicos, audiencia o actuación en que un tribunal oye a las partes o a sus letrados, en un incidente o causa, para dictar el fallo.

VISTAS. Concurrencia o coincidencia en lugar y tiempo de dos o más personas, citadas para un objeto determinado. Regalos que los novios se hacen recíprocamente con motivo de la boda. Ventana, balcón, puerta u otro hueco por el cual penetra la luz que permite ver dentro de una habitación. Galería, balcón u otras aberturas que permiten ver desde el interior de una vivienda o local hacia el exterior. Por antonomasia, la servidumbre de vistas (v.). Derecho de abrir huecos en la pared contemplar lo exterior; ya den sobre propiedad ajena a distancia legal; ya en menor de ésta, en que significa restricción del ajeno dominio; ya sobre vía pública o tierra de dominio público, en que a nadie perjudican ni limitan.

VISTO.Fórmula administrativa para indicar qué no procede dictar resolución en el caso. Fórmula con que el juez o el presidente de un tribunal colegiado da por concluida la vista de una causa o anuncia el procedimiento del fallo.Así el art. 330 de la Ley de Enj. Civ. esp. preceptúa que, después de oídos los letrados de las partes, y de las rectificaciones en su caso, se dará por terminado el acto pronunciado el presidente la fórmula de "Visto". Fórmula también con la cual el Ministerio público acepta la admisión de un recurso de casación; así luego de interpuesto en tiempo y forma el recurso de esa índole por infracción de ley o e doctrina legal, los autos pasan por 10 días al fiscal; si éste estima procedente la admisión, devolverá los autos con la fórmula de "Vistos" (art 1.723 de la ley cit.)Declaración con que un juez o tribunal expresa haber examinado un escrito, expediente, documento o asunto. Además, la parte de la sentencia, resolución o dictamen en que un tribunal, antes de los considerados por lo general, cita los preceptos aplicables para el fallo o resolución.BUENO.Casi siempre se emplea esta locución en forma abreviada ; V B. Es fórmula burocrática, administrativa y judicial, para aprobar una petición, ratificar una resolución o informe de algún inferior, certificar un documento, dar fe de estar extendido en forma legal o de ajustarse a las normas establecidas. En general, lo mismo que aprobación, autorización, ratificación.

VITALICIO.Que dura toda la vida, desde que se obtiene el cargo, pensión, renta o merced de que se trate. Titular de un cargo vitalicio. Nombre que se ha dado a la póliza del seguro de vida. Ingreso o pensión que continúa hasta acabar la vida de quien la disfruta.

VIUDA.La mujer que sobrevive a su marido, mientras no contraiga nuevas nupcias. En lenguaje popular, horca.

VIUDO.El hombre a quien se le ha muerto su mujer y no ha contraído nuevas nupcias. A diferencia de la viuda (v.), la capacidad jurídica del viudo no experimenta alteraciones sensibles por el hecho de perder a su compañera conyugal. No obstante, trae ello consigo diversas situaciones de interés para el Derecho, de aplicación común a las viuda, salvo hacerse la aclaración pertinente.

VIVIENDA.Habitación. Casa. Morada. Lugar habitado o habitable. Manera de vivir. Género de vida.

VOCAL.Relativo a la voz. De ahí, por cuanto opina al menos o razona su voto, nombre de la persona, que sin ejercer la dirección o presidencia de un Consejo, junta o congregación, tiene voz en la misma y ejerce alguna función importante dentro de la asamblea o asociación.

VOCERO.El representante de otro y que llevaba la voz por él; o hablaba en su nombre, por tener habilidad o contar c on influjo en el caso. De ahí y por hacerse la defensa de viva voz, y no por escrito, vocero se ha dicho antiguamente, como en las Partidas, por abogado.

VOLUNTAD.Potencia o facultad de alma que lleva a obrar o a abstenerse. Acto de admitir o repeler algo. Aceptación. Rechazamiento. Deseo. Intención.Propósito. Determinación. Libre albedrío. Elección libre. Amor, afecto. Benevolencia. Mandato. Disposición. Orden. Consentimiento. Aquiesciencia. Carácter; energía psíquica capaz de mantener o imponer el propio criterio y la resolución adoptada frente a la oposición y los obstáculos.GENERAL.Fórmula vaga con que se hace referencia a la colectiva y unánime; o a la de la mayoría. En expresión pública (v.).PRESUNTA.La aceptación o negativa de un sujeto que la ley predetermina, de no constar; o que se conjetura, de no conocerse. En cuanto a lo primero, la no manifestación en contrario, convierte la voluntad presunta en eficaz en el sentido que la ley legislación le atribuye.TACITA.La que, sin manifestarse por palabras o hechos concluyentes, se deriva de abstenciones o silencios que a ella equivalen. Se contrapone a la voluntad expresa.UNILATERAL.Para Planiol y Ripert, la que no encuentra otra ni puede, por tanto, formar un contrato. Con más generalidad, la que permanece a un colo individuo y surte sus efectos por sí sola; como la del testador, y la de la promesa u ofrecimiento público dentro de ciertos límites y plazos.

VOTACION.Acto electoral. Depósito de votos. Decisión o elección por ellos. Total de votos emitidos. (v.Sufragio, voto). DE SENTENCIAS.En los tribunales colegiados, acto de resolver los magistrados que lo integran la decisión que ha de tomarse en el caso, mediante mayoría de criterios conformes u otra medida que de ello se derive.NOMINAL.En las asambleas parlamentarias y en las corporaciones, la que se efectúa indicando cada votante su nombre o votando al ser nombrado en la lista respectiva. Suele exigirse en los casos de mayor importancia, para que conste la responsabilidad que a cada cual corresponde por votar a favor o en contra.

VOTAR.Hacer un voto religioso; declaración unilateral de voluntad que impone un sacrificio u obliga a un donativo dedicado a Dios, la Virgen o los santos. Jurar, renegar; decir palabrotas. Depositar el voto en una elección por papeletas o bolsas. Declarar la opinión propia en una votación nominal o en otra en que la actitud equivalga a declarar la voluntad; como levantando el brazo o poniéndose de pie.

VOTO.Promesa hecha a Dios, a la virgen o algún santo y consistente en una actitud que representa un sacrificio voluntario o en un don que se ofrece condicionalmente-de obtener una finalidad, como la curación de una enfermedad- o simplemente, sea cual sea la ulterior realidad. También en lo canónico, prometiendo solemne que hacen los religiosos al profesar, y que se traduce en los e pobreza, obediencia y castidad. En las asambleas o en los comicios, al parecer que se manifiesta de palabra o por medio de papeletas, bolsas o actitudes (levantarse o levantar el brazo), para aprobar o rechazar alguna propuesta, para elegir a alguna persona o a varias para determinados cargos, para juzgar la conducta de alguien o para mostrar la adhesión o discrepancia con respecto a una o más personas. Dictamen, parecer, opinión. Votante: elector. Ruego con que se pide una gracia o favor a la divinidad. Juramento, execración;palabras soeces en general y en particular las que agravian los sentimientos predominantes de religiosidad, en un pueblo y época determinados. Deseo apetencia. Exvoto.ACUMULADO.El tendiente a la protección o refuerzo de las minorías; para lo cual se permite al elector que, en lugar de votar a dos o más candidatos, otorgue dos o más de sus votos a un mismo candidato, para aumentar sus probabilidades de triunfo, aunque con ello debilite las de sus compañeros de candidatura.DE CENSURA.En las asambleas parlamentarias o en las reuniones de asociaciones , el que los representantes o miembros de aquéllas o éstas aprueban para negar su confianza al gobierno, a su presidente o a la junta directiva; y que obliga, aun no estando establecido concretamente, a dimitir o renunciar, de no resolverse el conflicto, en las Cámaras tan sólo, por la disolución de las mismas y una nueva convocatoria para que la opinión decida.DE CONFIANZA.Aprobación que las Cámara dan a un gobierno al presentarse ante ellas, como demostración de contar inicialmente con el apoyo de las mayoría de los legisladores. Ratificación que el Parlamento hace al gobierno cuando,ante una situación especial o ataques de la oposición, o división de la anterior mayoría, se recaba la opinión del Poder legislativo por el ejecutivo, para comprobar que sigue contando con su adhesión. Autorización para que el gobierno actúe en determinada forma, hecha por el Parlamento.SOLEMNE.El que se hace con publicidad y formalidad especiales, que le otorgan mayor trascendencia.

"VOTUM".Loc. lat. Voto. La voz adquiere valor específico de declaración unilateral e voluntad o promesa-quizás la traducción más directa técnicamente-obligatoria por sí misma, contra la norma de aceptación el ofrecimiento, para que surja la obligación, la irrevocabilidad de lo propuesto.

VOZ.Vibración sonora de las cuerdas vocales a consecuencia de salir por la laringe el aire expelido de los pulmones. Grito. Palabra, vocablo, término. Cada uno de los artículos de un Diccionario. De ahí la reiterada abreviatura que en éste se efectúa para las remisiones; v. (véase). Autoridad de un dicho o hecho a causa dela opinión común al respecto. Así, se dice, por ejemplo, que, es voz que tal viuda no lleva vida honesta", por ser muchos lo que tienen al menos vehementes indicios en tal sentido. Derecho, potestad, poder o facultad para obrar en nombre propio e incluso en el ajeno. Voto, como parecer u opinión en una junta o asamblea, aun sin el derecho de tomar parte en el cómputo numérico de los que resuelven. Voto, dicho. Pretexto público. Llanto.

VULGATA.En Derecho Romano, nombre de la versión del Digesto que fue publicada por los antiguos editores. Se basa en manuscritos de los siglos XI y XII. Denominación dada a las Novelas de Justiniano, utilizadas de manera exclusiva, con el nombre de Auténtica, en los tribunales del occidente europeo. En Derecho Canónico la traducción latina de la Biblia, aprobada por la Iglesia, y que ésta resistió durante siglos a fin de evitar la adulteración del texto, probable cuando la cultura estaba poco generalizada. Constituye el primer paso para autorizar la traducción a los idiomas vulgares, y la lectura y conocimiento general de los textos sagrados.

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