viernes, 2 de marzo de 2007

G

G. La octava letra del abecedario español; la sexta entre sus consonantes. Séptima letra mundial, que es la del día séptimo del novenario de los romanos. en lo eclesiástico, séptima y última letra dominical, que señala el sábado.

GABELA. Genéricamente, toda clase de tributo contribución o impuesto que se paga al Estado. En la época feudal, prestaciones especiales que debían los vasallos a sus señores; como entrega de ciertos frutos o pago de determinados derechos en algunas ocasiones. En acepción figurada, servidumbre, gravamen, carga.

GABINETE. Además de aposento familiar o de edificio público, dedicado por lo general a las visitas o al trabajo, significa ministerio, tanto en su aspecto político, como en cuanto órgano que asume el gobierno propiamente dicho en el régimen parlamentario.
GACETA DE MADRID. Periódico oficial del gobierno español desde mediados del siglo XVII hasta bien entrado el siglo XX.

GAJE. Antiguamente, sueldo que pagaban reyes, príncipes y señores a sus soldados o al personal de su servicio. Actualmente, beneficio, emolumento, obvención, que se obtiene en el desempeño de un cargo u oficio. Gratificación. También se decía antiguamente por señal o prenda de aceptación de un reto o desafío. Constituye atroz galicismo usar esta voz como sinónimo de prenda o garantía en las acepciones del Derecho Privado.

GAJES DEL OFICIO. Inconvenientes, perjuicios naturales en el ejercicio de un empleo o con motivo de una función o cargo.

GALEOTE. El condenado por la justicia a remar , como pena en las galeras reales. Tal régimen punitivo adquirió notable desarrollo en España y en el Mediterráneo durante los siglos XVI y XVII

GALERA. Cárcel de mujeres . Antigua embarcación de vela y remo, donde servían forzados los delincuentes, los prisioneros los esclavos. (v. Galeras.)

GALERAS. En el antiguo Derecho Penal, pena por la cual el condenado debía servir como remero en las naves reales. Esta pena, a la vez privativa de libertad y de trabajos forzados, solía durar de seis a diez años. En orden de gravedad, se encontraba inmediatamente después de la condena a muerte. (v. Galeote.)

GANANCIA. Adquisición de bienes mediante el trabajo o actividad lucrativa. Utilidad, provecho, beneficio.

GANANCIALES. Se dice de los bienes que se ganan o aumentan durante el matrimonio por el trabajo de los cónyuges , por los productos de los bienes privativos o comunes o por otro título legal.

GARANTÍA. Afianzamiento, fianza. Prenda. Caución. Obligación del garante. Cosa dada en garantía. Seguridad o protección frente a un pliego o contra un riesgo.

GARANTIAS CONSTITUCIONALES o INDIVIDUALES. Conjunto de declaraciones , medios y recursos con que los textos constitucionales aseguran a todos los individuos o ciudadanos el disfrute y ejercicio de los derechos públicos y privados fundamentales que se les reconocen.

GARANTIR. Garantizar , afianzar.

GARROTE. Pena de muerte que se ejecuta estrangulando al reo mediante un corbatín de hierro aplicado a la garganta.

GASTOS. Conjunto de desembolso pecuniarios, o de valores y bienes equivalentes, realizados en el ejercicio o desempeño de una actividad periódica, permanente o compleja, o frecuente si es discontinua. En el patrimonio particular y en el presupuesto del Estado u otras corporaciones públicas, gastos o pagos se contrapone a ingresos o cobros. DE JUSTICIA . v. Costas, Gastos judiciales, Litisexpensas. DE REPRESENTACIÓN. Asignación complementaria del sueldo que perciben el jefe del Estado, los ministros, otras altas autoridades nacionales, los diplomáticos y los que desempeñan determinadas comisiones en el país o en el extranjero. DOMESTICOS Los relativos al sostenimiento del hogar. GENERALES. En la contabilidad de una empresa, son los desembolsos periódicos, más o menos constantes en su cuantía, por personal, alquiler, material, consumo de energía, etc. JUDICIALES. Cuantos origina la administración de justicia, por papel sellado, honorarios de abogados y procuradores, aranceles de secretarios y auxiliares de la justicia , etc. PÚBLICOS. Los que para la realización de sus fines y para mantenimiento de su organización efectúan el Estado, las provincias y los municipios.

GEMELO. Cada uno de dos o más hermanos nacidos de un solo parto. Comúnmente, en América se les denomina mellizos.

GENDARME. En Francia y otros países , individuo del cuerpo destinado a mantener el orden público.

GENEARCA. Cabeza de un linaje, fundador de una familia.

GENERACIÓN. Procreación, engendramiento o engendración; fecundación de la mujer, concepción . Género o especie. Filiación. Sucesión de descendientes en líneas recta. Cada una de las personas que en una línea cualquiera procede de un tronco común Conjunto de todos los coetáneos, aun sin haber nacido estrictamente a la vez ni el mismo año. Grupo con manifestaciones afines en la generación intelectual española de 1898 (o del 98), de indudable influjo en el pensamiento nacional durante el primer tercio del siglo xx.

GENERALES DE LA LEY. Serie de preguntas que, para determinar el estado y condición de las personas y otros datos de interés, para fijar la capacidad o el interés de las mismas, se formulan a los testigos.

GENOCIDIO. Crimen de Derecho Internacional, consistente en el exterminio de grupos humanos por razones raciales, políticas o religiosas, o en la implacable persecución de aquellos por estas causas.

"GENTRLEMEN'S AGREEMENT". Locución inglesa, difundida en el ambiente diplomático y periodístico, cuyo significado literal es "pacto entre caballeros".

GERENTE. Quien dirige, con arreglo a los estatutos o poderes otorgados, los negocios de una sociedad o empresa mercantil y lleva la firma de la entidad o establecimiento.

GERMANÍA. Jerga o habla peculiar de gitanos o de rufianes y ladrones. Está formada por palabras de orígenes muy diversos, otras humorísticas, algunas traspuestas y deformaciones del lenguaje correcto, amen de vocablos enteramente arbitrarios o caprichosos. Germanías, en la historia de España, designa las juntas populares formadas al principio del reinado de Carlos I por los gremios valencianos, que en defensa de sus libertadores y de las del pueblo en general, se sublevaron contra los nobles. Sostuvieron campañas durante los años 1519 a 1522, al propio tiempo y con el mismo significado que las de los Comuneros de Castilla. Germanía posee asimismo el Sentido de amancebamiento. Además , en términos de "germanía". la voz quiere decir rufianesca.

GESTIÓN. Acción o efecto de gestionar o administrar; diligenciamiento de algo. Administración. Desempeño de una función o cargo. Diligencia. Encargo Trámite. Intervención. DE NEGOCIOS AJENOS . La nogotiorum gestio romana constituye un cuasicontrato definido por Escriche como aquel en que una persona toma por sí misma, a su cargo, el cuidado o dirección de los negocios de un ausente, sin haber recibido poderes de él, e incluso sin su conocimiento ; lo cual le obliga a dar cuenta de su administración, pero con derecho a exigir los gastos legítimos realizados.

GLOSA. Explicación, comentario o interpretación de un texto obscuro o dificil de entender. Nota en un instrumento o libro de cuenta y razón para constancia de la obligación , hipoteca, juro, etc. Observación o reparo a una o más partidas de una cuenta.

GLOSADORES (ESCUELA DE LOS). También se denomina Escuela de Bolonia o de los jurisconsulados boloñeses, por ser en esta Universidad donde apareció y se desarrolló. Comprende a los jurisconsultos que florecieron desde el siglo xi hasta la segunda mitad del siglo XIII, y que usaron las glosas como forma de sus escritos. Los glosadores prestaron un gran servicio a la ciencia del Derecho, pues separaron, la enseñanza de este de la de las artes liberales y de la teología; servicio que aún fue mayor al haber examinado, uno por uno, todos los textos del Corpus Juris Romani y de las primeras colecciones del Canonici comparándolas entre sí e interpretándolas.

GOBERNANTE. El que gobierna, manda o rige.

GOBERNAR. Regir un Estado o una corporación pública. Mandar con autoridad. Dirigir, guiar, conducir.

GOBIERNO. Dirección o administración del Estado. Conjunto de ministros que ejercen el Poder ejecutivo. Orden, régimen o sistema para regir la nación o alguna de sus provincias , regiones o municipios . Función, cargo o dignidad de gobernador. Territorio, provincia o distrito donde ejerce su autoridad un gobernador. Edificio donde están sus oficinas y su despacho. Duración de un gobernador en su mando . ABSOLUTO. Ejercicio de todos los poderes públicos por una sola persona o un cuerpo determinado, sin limitación en las atribuciones ni responsabilidad alguna... al menos durante su ejercicio. DE HECHO o "DE FACTO" En términos amplios, cualquier poder público que no ha sido elegido por sufragio ni nombrado por otro procedimiento constitucional. La denominación corresponde habitualmente a los grupos revolucionarios que, triunfantes, ejercen el poder público en nombre de la opinión del país o con el propósito , cuando no con el pretexto de servir sus intereses.

GOLPE DE ESTADO. Usurpación violenta de los poderes públicos, en especial del ejecutivo; absorción por éste de la función legislativa y sojuzgamiento de la judicial.

GRACIA. Atractivo, donaire. Afabilidad; buenos modales. Perdón o indulto que concede el poder ejecutivo y suscribe el jefe del estado. Benevolencia. Remisión de deuda. Concesión gratuita. Beneficio o favor no merecido. Dispensa . Privilegio . Donación. Merced. Para los canonistas, don divino hecho a los hombres por pura liberalidad.

GRADO DE PARENTESCO. El cómputo de distancia que hay entre un pariente y otro. También , cada una de las generaciones que hay desde un tronco o raíz común de una familia hasta cada una de las personas que pertenecen a ella.

GRADUACIÓN. Acción o efecto de graduar, de dividir en grados o categorías a las personas , cosas o derechos. En general, toda ordenación o escalonamiento. En el ejército, categoría o grado de militar profesional , desde alférez o teniente hasta general . DE ACREEDORES. En caso de concurso o quiebra, clasificación que se hace de para señalarse el lugar, orden y grado que deben ocupar, según el origen y naturaleza de sus créditos, para ser pagados con los bienes del deudor común. DE CRÉDITOS. teniendo en cuenta que los privilegios no pueden resultar sino de una disposición de la ley y que al deudor no le es dable crear privilegio a favor de ninguno de sus acreedores, se habla de graduación de créditos mejor que de graduación de acreedores; pues el grado corresponde a los créditos , y no a las personas.

GRATUITO. de balde gratis, por mera liberalidad. Referido a alegatos, argumentos, acusaciones y otras actitudes dialécticas o de polémicas, significa arbitrario, caprichoso, meramente personal sin fundamento debido.

GREGARIO. Aplícase al que está en compañía de sus iguales; y tanto se dice de personas (soldados, alumnos) como de animales, sobre todo si forman rebaño. en sentido metafórico, quien sin propia crítica sigue el criterio ajeno.

GREGORIANO. Referente a los papas Gregorio I (el del cántico) o Gregorio XIII (el del calendario ) y a otros personajes de igual nombre.
A . En cronología. Era, calendario y año reformados por Gregorio XIII y seguidos en la actualidad por casi todos los países.
B. En la Historia del Derecho. Compilación de constituciones imperiales hecha por un jurisconsulto, del que sólo se sabe que se llamaba Gregorio o Gregoriano, de quien tomó el nombre de Codex Gregorianus o Corpus Gregoriani. Aunque fue una obra de carácter particular, bien pronto revistió gran importancia.

GREMIO. En sentido general, conjunto de personas que ejercen la misma profesión u oficio o poseen el mismo estado social. Para la Iglesia, unión o comunidad de fieles y pastores; y particularmente de todos los creyentes y el papa. En las universidades , corporación o cuerpos que integran catedráticos y doctores. En Derecho Laboral, la corporación profesional, constituída por maestros, oficiales y aprendices de un mismo arte, oficio o profesión , regida por estatutos particulares, que tiende a enaltecer la común labor característica y a la mejora moral y material de sus integrantes.

GRILLETES. Arco de hierro, con dos agujeros y un pasador por detrás, por el cual se pasa un perno, y sirve para asegurar una cadena al tobillo de un presidiario.

GRILLOS. Un género de prisión, que asegura a los reos en la cárcel para que no puedan huir de ella.

GRITOS SUBVERSIVOS. Vivas o muertas y cualquiera otra expresión exaltada proferidas a voz en cuello contra el poder constituido o contra el régimen político y social imperante cuando se les atribuye eficacia para alterar el orden público.

GRUPO. Pluralidad de seres o cosas con alguna característica común.

GUARDA. El encargado de conservar o custodiar una cosa. Defensa, conservación, cuidado o custodia. Tutela. Curaduría, Curatela. Cumplimiento, observancia o acatamiento de leyes órdenes y demás preceptos obligatorios. DE VISTA. Cuidador que no ha de apartarse de la vigilancia directa de una persona .JURADO. Guardián que, a propuesta de particulares , y luego de prestar determinado juramento ( de ahí su denominación ), recibe un nombramiento de la autoridad para reconocerle sus funciones y permitirle usar armas de fuego.

GUERRA. En sentido amplio , toda disidencia o pugna entre personas o grupos. Oposición violenta. En sentido propiamente militar, la Academia Española dice que es desavenencia y rompimiento de paz entre dos potencias . Para Grocio es "la situación de aquellos que procuran ventilar sus diferencias por la vía de fuerza" y para Bello es "vindicación de nuestros derechos por la fuerza".

GUILDA. Institución germánica y anglosajona análoga a los colegios romanos y antecedente de los gremios (v. ) Las guildas, en realidad, fueron como familias artificiales, formadas por la conjunción de la sangre y unidas por el juramento de ayudarse y socorrerse en determinadas circunstancias sus miembros.

GUILLOTINA. Máquina destinada a la ejecución de la pena de muerte por medio de la decapitación.

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